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06/01/2023 | 6 de enero de 2023

REPUDIO A LA DENUNCIA DEL TITULAR DE LA AFI CONTRA PERIODISTAS Y DIARIOS


El Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires alerta sobre el grave ataque a la libertad de expresión y de prensa y al derecho a la información en el que ha incurrido el titular de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), Agustín Rossi, al formular una denuncia penal contra los periodistas Joaquín Morales Solá y Daniel Santoro y los diarios Clarín y La Nación. En abierta violación de la Constitución Nacional y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el titular de la AFI los acusó de infringir los artículos 16, 16 bis y 17 de la ley de 25.520 por publicar el contenido de documentación parlamentaria vinculada con la investigación de hechos ilícitos que podrían tener lugar en el ámbito de la entidad que dirige el denunciante.

Los periodistas y los medios de comunicación se han limitado a difundir y ofrecer al debate legítimamente información estatal de profundo e indiscutible interés público pues ella se vincula de manera directa con posibles hechos delictivos y maniobras de espionaje ilegal dentro de un organismo del Estado. La difusión periodística de dicha información y las fuentes de que se nutrieron los periodistas están protegidas por las garantías constitucionales y convencionales mencionadas.

La sanción prevista por el artículo 17 de la Ley de Inteligencia Nacional alcanza a quienes revelen o difundan información clasificada como secreta. Pero es evidente que ese castigo está dirigido solamente a funcionarios públicos o a particulares que acceden a información calificada como secreta, sea porque ejercen una función vinculada con el manejo de esa información o porque mantienen algún tipo de vínculo o relación contractual, directo o indirecto, con el Estado.

Pretender extender el alcance de la ley más allá de los destinatarios a quienes debe ser dirigida para así castigar a periodistas y/o a medios de comunicación, constituye una conducta incompatible con la libertad de expresión y de prensa asegurada por la Constitución Nacional y por el sistema interamericano de derechos humanos. Este tipo de persecuciones, además, tienen un efecto silenciador de la prensa libre, pues habrá quienes anoticiados de hechos revestidos de interés público preferirán callar por temor a verse sometidos a proceso penal. Esta es otra de las razones por las cuales la Constitución y las Convenciones e instrumentos internacionales ponen tanto celo en proteger a la prensa resguardándola de ese camino de servidumbre.

En consonancia con lo anterior, en el documento denominado “Derecho a la Información y Seguridad Nacional”, emitido por la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos”, publicado en 2020, se concluye expresamente que “bajo ninguna circunstancia, los periodistas, integrantes de medios de comunicación o miembros de la sociedad civil que tengan acceso y difundan información reservada por considerarla de interés público, pueden ser sometidos a sanciones ulteriores”.

La persecución penal a los periodistas que revelen información estatal es una inadmisible amenaza a las libertades de expresión y de prensa, cuya restricción socava los fundamentos de la democracia y facilita la instauración de regímenes autoritarios.

El Directorio